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Impuestos en Andorra

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Todos hablan de los impuestos de Andorra, pero ¿Qué sabes realmente del sistema impositivo andorrano?

Impuestos de Andorra comparado a sus vecinos

Andorra goza de un sistema impositivo muy competitivo respecto del de sus vecinos, siendo ese uno de los atractivos más destacados del país.
Para poder beneficiarse de dicho sistema impositivo, es necesario residir fiscalmente en Andorra.

Los impuestos en Andorra, como en la mayoría de países, se dividen en dos grandes grupos: Impuestos directos e impuestos indirectos.

Por ello, en el cuadro siguiente, mostramos un comparativo de la imposición a la que quedarían gravadas las actividades realizadas por una entidad, tanto desde un punto de vista de imposición directa como indirecta.

  Impuestos sociedades Ganancias patrimoniales Impuestos indirectos
ANDORRA 10% 0-15% 4.5%
CHIPRE 12.5% 20% 19%
ESPAÑA 25% 20% 19%
FRANCIA 33.33% 33.33% 20%
HOLANDA 25% 0-25% 21%
IRLANDA 12.5% 0-30% 23%
LIECHTENSTEIN 12.5% - 8%
MALTA 35% 35% 18%
MONACO 33.33% 33.33% 20%
PORTUGAL 21% 21% 23%
SUIZA 24.4% 24.4% 8%

Información sobre los impuestos en Andorra

El sistema impositivo andorrano es uno de los sistemas fiscales más ventajosos del mundo, con muy pocas trámites y procesos administrativos costosos y complejos y con una seguridad jurídica reconocida internacionalmente, hecho que se sustenta en haber firmado más de 10 convenios de no doble tributación (imposición) con los principales países de nuestro entorno geográfico.

Las ventajas de dichos convenios es evitar que las rentas que oienen sociedades, empresarios o residentes en Andorra sean gravadas dos veces, en el país en el que se obtienen y en el país en que uno es residente. Actualmente Andorra tienen tratados para evitar esta doble imposición con España, Francia, Portugal, Luxemburgo, Liechtenstein, Emiratos Árabes, Malta, Chipre, San Marino y con Hungría.

Estos convenios internacionales para evitar la doble imposición establecen los mecanismos para evitar que una misma renta que obtenga un contribuyente sea gravada en dos o más países per un mismo hecho generador o imponible del impuesto y por períodos fiscales idénticos.

Impuestos Directos

Actualmente el tipo impositivo general en Andorra es del 10%, tanto en sociedades, en no residentes como en personas físicas. En el impuesto de sociedades a este tipo de gravamen general del 10%, se le pueden incluir toda una serie de desgravaciones para evitar la doble imposición internacional o nacional, deducciones por creación de puestos de trabajo, o por inversiones o I+D+I. Además de existir un sistema fiscal que incluye ciertas desgravaciones o bonificaciones para empresarios que inicien su actividad.

Además, y al igual que ofrecen otros muchos países de nuestro entorno, en el impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF), el tipo de gravamen es progresivo, existiendo una exención en el impuesto para las rentas inferiores a 24.000 euros anuales o una desgravación en forma de bonificación del 5% para las rentas obtenidas entre el tramo de 24.000 euros anuales a 40.000 euros anuales.

Estas bonificaciones, deducciones y exenciones en los impuestos andorranos buscan atraer talento de otros lugares del mundo para hacer de Andorra un país innovador y con vocación emprendedora que atraiga inversión extranjera.

Impuestos Indirectos:

Los impuestos indirectos afectan a todos los países, pero su tipo impositivo es distinto en función de cada uno de ellos. En este sentido España tiene un tipo general en sus Impuestos indirectos (IVA) del 21%, Francia del 20%, Luxemburgo de 17%, Portugal del 23% o Alemania del 19%, entre otros (ver cuadro adjunto).

Andorra ofrece un tipo general del 4,5%, inferior a muchos de los tipos impositivos que ofrecen los países de nuestro entorno europeo; básicamente por su fuerte tradición comercial e histórica basada en el comercio y para poder ofrecer una oferta complementaria a su extensa oferta turística.

La liquidación y funcionamiento del impuesto es similar al que se utiliza en la Unión Europea, siguiendo sus misma directivas europeas; homologado internacionalmente y con un funcionamiento muy similar pero más sencillo a los países de nuestro entorno. A modo de ejemplo el sistema de impuestos indirectos en Andorra no utiliza la “famosa regla de la prorrata” de algunos países de Europa, facilitando mucho su aplicación y desarrollo.

Como principal conclusión y aspecto diferencial del sistema fiscal andorrano es que este es un sistema reconocido internacionalmente, basado en una normativa similar a los países de nuestro entorno, pero con una implementación y aplicación mucho más sencilla, debido a las características de andorra como un microestado europeo y esto nos convierte en un país con unos menores trámites burocráticos.