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Los impuestos directos son solo una parte de la carga fiscal de tu negocio, ¿pero sabes cuáles son los que estás obligado a pagar en Andorra?

<h4>Los impuestos directos son solo una parte de la carga fiscal de tu negocio, ¿pero sabes cuáles son los que estás obligado a pagar en Andorra?</h4>

Impuesto sobre sociedades (IS)

El Impuesto sobre sociedades (IS) es un impuesto que se aplica sobre los beneficios que obtenga una sociedad y el tipo de gravamen general en Andorra es del diez por ciento (10%).

En los países vecinos, España y Francia, el tipo de gravamen general que se aplica sobre los beneficios de las sociedades son del veinticinco por ciento (25%) y del treinta y tres por ciento (33%), respectivamente.

 

Impuesto sobre la Renta de las Persones Físicas (IRPF)

Las personas físicas residentes en el Principado de Andorra, están sujetas, a efectos fiscales, al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, debiendo integrar en la base imponible los rendimientos percibidos con independencia del lugar donde esté establecido el pagador (renta mundial).

Por residente fiscal en Andorra se entiende que es aquella persona que:

  • Viva más de 183 días en territorio andorrano durante el año natural.
  • Se encuentre en Andorra el núcleo principal de sus actividades económicas o de sus intereses económicos, de manera directa o indirecta.

 

Impuesto sobre la renta de los no-residentes (IRNR)

Este impuesto tiene por finalidad gravar aquellas rentas obtenidas en el Principado de Andorra por no-residentes fiscales en dicho territorio (obligación real).

Los sujetos pasivos del impuesto son las personas físicas o jurídicas que obtengan rentas sujetas al Impuesto y reciban la consideración de no-residentes fiscales en Andorra.

Preguntas frecuentes

Tanto el Impuesto de Sociedades (IS), el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes (IRNR) tienen un gravamen en Andorra del 10%, si bien pueden ser ampliamente bonificados. El Impuesto sobre Plusvalías en las Transmisiones Patrimoniales Inmobiliarias (IPTPI) establece una escala regresiva, siendo el tipo aplicable del 0% a partir de un periodo de tenencia de 10 años.

Los impuestos directos de Andorra son el Impuesto de Sociedades (IS), el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes (IRNR) y el Impuesto sobre Plusvalías en las Transmisiones Patrimoniales Inmobiliarias (IPTPI).

Adicionalmente, en aquellas operaciones inmobiliarias llevadas a cabo por particulares, puede resultar de aplicación el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).

Para tributar en Andorra es necesario disponer de alguna de las diferentes variedades de residencia en el país, cumpliendo las condiciones necesarias para su adquisición y mantenimiento. (Ver sección residencias)