Los convenios de doble imposición fiscal son acuerdos bilaterales entre dos países con el objetivo de evitar que una misma renta sea gravada por ambos países, evitando así la doble tributación. La doble imposición fiscal puede ocurrir cuando un contribuyente tiene actividades económicas en dos jurisdicciones diferentes y ambas jurisdicciones reclaman el derecho de gravar los ingresos generados.
Estos convenios buscan eliminar o reducir la doble imposición mediante una serie de disposiciones que asignan el derecho de gravar ciertos tipos de ingresos a uno u otro país. Los convenios de doble imposición fiscal abordan cuestiones relacionadas con la residencia fiscal, los impuestos sobre la renta, los impuestos sobre el patrimonio y otras cuestiones fiscales.
En línea con el esfuerzo que el gobierno ha estado reforzando los últimos años para dar una imagen de transparencia y buenas conductas, hay actualmente vigentes 11 convenios para evitar la doble imposición, además de otros 7 ya firmados pendientes de entrar en vigor. De forma progresiva el objetivo del Gobierno de Andorra es ir impulsando nuevos acuerdos con más países.
Además de lo expuesto anteriormente, el Principado de Andorra es un país adherido a la normativa CRS (Acuerdos para el intercambio automático de información fiscal) en virtud de la Ley 19/2016. Estos convenios de intercambio automático de información fiscal son acuerdos entre países o jurisdicciones que establecen la obligación de intercambiar información financiera sobre los contribuyentes entre ellas. Estos convenios tienen como objetivo principal combatir la evasión fiscal y la elusión fiscal internacional, permitiendo a las autoridades fiscales acceder a información relevante sobre las cuentas financieras de los contribuyentes en el extranjero. En este caso no necesariamente tiene que existir un convenio para evitar la doble imposición.