Es residente fiscal en Andorra la persona que ha establecido su residencia en el país y, por lo tanto, está sujeta a las leyes fiscales andorranas. Esto implica que la persona paga impuestos en Andorra y puede beneficiarse de su sistema tributario, que es conocido por ser uno de los más favorables de Europa.
Cualquier autorización de residencia en Andorra debe acogerse al sistema de cuotas del país. Luego, para cada tipo de residencia existen unos requisitos específicos que se deben cumplir.
En Andorra existen dos tipos principales de residencia: la residencia activa y la residencia pasiva. Cada una tiene sus propias características y requisitos.
La residencia activa en Andorra se diferencia según si es por cuenta propia o ajena.
Esta tipología de residencia autoriza a residir y a ejercer una actividad por cuenta propia de forma permanente durante la vigencia de la autorización.
Los requisitos principales para obtener el permiso de residencia por cuenta propia para trabajar y residir en Andorra son, entre otros:
Esta tipología de residencia autoriza a residir y a trabajar en el al país de manera permanente y efectiva durante la vigencia de la autorización.
Los requisitos principales para obtener el permiso de residencia por cuenta ajena para trabajar y residir en Andorra son, entre otros:
Otro requisito importante para tener en cuenta es que todos los documentos oficiales entregados por autoridades de estados extranjeros deben presentarse bien autenticados con la apostilla de la Convención de La Haya, o bien debidamente legalizados.
Asimismo, en ambas tipologías de residencia activa, la persona solicitante deberá inscribirse en el Comú de la parroquia en la que resida, en el periodo de 3 meses a contar de la fecha de la concesión de la autorización de inmigración y justificar esta inscripción en el mismo periodo.
El Gobierno de Andorra reconoce hasta 4 tipologías diferentes de residencia pasiva o sin actividad lucrativa en Andorra:
Más allá de la documentación de identidad personal que se solicite para obtener cualquiera de las residencias anteriores, los requisitos para estas tipologías de residencias incluyen:
Para ser considerado residente fiscal en Andorra, se debe pasar un mínimo de 90 días al año en el país. Este requisito asegura que la persona realmente vive en Andorra y no simplemente está utilizando el país para beneficios fiscales sin una presencia significativa.
Depositar de manera no remunerada en la Autoridad Financiera Andorrana (AFA) una cantidad por valor de 47.500 €.
Además, el titular principal también debe depositar en la AFA el importe de 9.500 € no remunerados para cada una de las personas a su cargo que adquieran la condición de residente sin actividad lucrativa.
Este requisito aplica en todas las tipologías de residencia pasiva excepto en los casos de residencia por ingreso en centros geriátricos privados o en centros de curas médicas.
Justificar y tener en vigencia para Andorra un seguro por enfermedad, incapacidad y vejez para la persona solicitante y para las personas a su cargo, o a cargo de su cónyuge o la pareja estable, por todo el tiempo de vigencia de la misma cobertura, a excepción de los menores de edad y los mayores de sesenta años, los cuales deben justificar y tener en vigencia para Andorra una cobertura y seguro por enfermedad.
Demostrar que el titular principal tiene ingresos anuales superiores al 300% del salario mínimo anual vigente, añadiendo el 100% de este indicador por cada una de las personas a cargo. Este aspecto se acredita, entre otros, mediante un certificado de pensión de jubilación y/o de invalidez, una declaración de renta del año anterior en el último país de residencia y las certificaciones bancarias correspondientes.
Dentro de los 3 meses siguientes a la obtención de dicha autorización, debe aportarse un certificado del Comú donde resida el titular.
En el caso de las residencias para profesionales con proyección internacional o por razones de interés científico, cultural y deportivo, debe acreditarse que se dispone de un nivel suficiente de cualificación y experiencia profesional en el sector en el que se enmarque la actividad que desarrolle (Currículum Vitae, Titulaciones Certificadas)
Asimismo, y en función de la tipología de residencia pasiva solicitada, deberá aportarse, adicionalmente:
Para los residentes sin actividad lucrativa, es necesario realizar una inversión mínima en activos andorranos de al menos 600.000 €, que puede incluir:
En caso de no haber efectuado la inversión correspondiente, la persona solicitante debe manifestar, en el momento de formalizar la solicitud, el compromiso de hacer efectiva dicha inversión en un plazo de 6 meses. Una vez transcurrido este período de tiempo, la persona residente debe aportar, en las condiciones que se determinen reglamentariamente, los documentos acreditativos de la inversión.
Requisitos específicos en la Residencia para profesionales con proyección internacional
Requisitos específicos en la Residencia por razones de interés científico, cultural y deportivo