Actualmente, Andorra destaca por ser a nivel europeo uno de los países impulsores de las nuevas tecnologías, por ello se está abriendo a nivel internacional para atraer los sectores y actividades más innovadores como son los e-sports, Big Data, Inteligencia Artificial o Blockchain, entre otras. No hay que olvidar que muchas de las citadas tecnologías se utilizan conjuntamente en los proyectos como son el caso de los e-sports y la Blockchain.
En este artículo expondremos la situación y las ventajas de llevar a cabo un negocio basado en las nuevas tecnologías en el Principado, en los siguientes apartados:
Actualmente, la normativa andorrana regula y define los sistemas Blockchain, las criptomonedas y los componentes de una red Blockchain a través de la Ley 9/2021, de 29 de abril, que modifica la Ley 35/2024, de servicios de confianza electrónica, pasando a ser la Ley de certificación y confianza electrónica.
Es una de las primeras leyes que a nivel internacional regula los diversos componentes de una red Blockchain facilitando así el desarrollo de negocios en Andorra que utilizan de base esta tecnología. Siendo un primer paso para poder constituir sociedades que se dediquen totalmente o en parte al desarrollo de dicha tecnología, establecer casos de uso o negocios vinculados a las criptomonedas en un entorno jurídico más seguro.
Adicionalmente, se espera que durante los próximos años se apruebe una normativa con incentivos para atraer y facilitar proyectos basados en la tecnología Blockchain como pueden ser las NFTs, DAOs, ICOs u otro tipo de proyectos con un componente tecnológico y financiero, teniendo en cuenta el proyecto de Ley de representación digital mediante el uso de la criptografía i de la tecnología DLT.
Es importante resaltar la importancia de cumplir con toda la normativa andorrana que se deba de aplicar a la actividad que se quiera desarrollar.
En Andorra, la actividad de la minería de diversas criptomonedas como puede ser la minería de Bitcoin, Ethereum y Altcoins es interesante al ser el precio de la luz uno de los más bajos a nivel europeo. El pequeño principado tiene un precio de 0.134 EUR por kilovatio hora (kWh), mientras que el promedio en Europa es algo superior a 0.20 euros por kWh.
Además, el desarrollo de la actividad de minería en un entorno regulado y con unos costes más bajos de infraestructura, incentivan a los mineros a residir en Andorra ya sea con una residencia por cuenta propia o creando su propia sociedad.
A la seguridad jurídica, al entorno geográfico, a la potencia de red de telecomunicaciones hay que sumarle la ventaja fiscal y los bajos tipos impositivos existentes en Andorra, sumándole la ventaja de poder deducirse gastos relacionados con la actividad.
No hay que olvidarse que como en la mayoría de las regulaciones, Andorra es un país con una normativa de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, tras la reforma legislativa de dicha materia, los proveedores de servicios de activos virtuales son considerados sujetos obligados a la Ley 14/2017, de 22 de junio de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo.
Por ello, las sociedades o las personas que optan por desarrollar un negocio de prestación de servicios de activos virtuales deben de cumplir con toda la normativa que implica la prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
Por otro lado, la persona física que invierte o realiza alguna actividad con criptomonedas, debe de tener en cuenta la importancia de poder trazar las inversiones efectuadas, así como la utilización de exchanges que apliquen la normativa en materia de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo a nivel europeo.
En Andorra, no existe una regulación específica de tributación de las criptomonedas por lo tanto están consideradas como un activo normal más, y por tanto obtenidas como persona física tributan por la base del ahorro del IRPF como ganancias de capitales, que supone un 10% sobre la ganancia neta con 3.000€ de renta exentos. En caso de ser una sociedad, la base imponible es del 10%.
Así, las ganancias obtenidas por el trading de criptomonedas en España están sometidas por el IRPF a un tipo de entre el 19% y el 26% (por la subida de impuestos de 2022), mientras que el tipo máximo aplicable en Andorra es del 10%. Menos de la mitad, sin duda un ahorro significativo.
Además, en Andorra al no existir el impuesto sobre el patrimonio, la mera posesión de dichos activos resulta exenta de tributación en patrimonio.